Auto Supremo AS/0873/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0873/2016

Fecha: 25-Jul-2016

Al respecto, corresponde señalar que del análisis realizado por los jueces de instancia tanto en

Al respecto, corresponde señalar que del análisis realizado por los jueces de instancia tanto en la Sentencia como en el Auto de Vista recurrido, se tiene que los juzgadores en la valoración de la prueba aportada al proceso como las que constan de fs. 2-3, 6-7, 47 al 71, 130 y de fs. 37 a 38 a que hace referencia los recurrentes en este punto; en aplicación de lo fundamentado en el punto III.2 de la doctrina aplicable y los arts. 1286 del Código Civil y el art. 397 del Código de Procedimiento Civil, centraron su análisis para generar convicción en el hecho de que la demandante ha acreditado su derecho propietario sobre el bien inmueble en cuestión conforme se tiene probado a fs. 41-42, y la prueba cursante a fs. 37 a 38 donde se puede establecer con claridad que entre ambas partes existió una relación contractual donde los demandados transfirieron el inmueble en pugna a la demandante, por lo que estando plenamente acreditado el derecho propietario de la demandante, la prueba a la que hace referencia los recurrentes relativos a recibos de pago por una obligación no detallada, facturas de consumo de electricidad y el acta de devolución del inmueble objeto de la litis, que en criterio de los recurrentes harían presumir que la demandante no tiene la posesión del inmueble en cuestión, no puede desvirtuar el derecho propietario de la demandante que resulta el requisito esencial para la procedencia de la presente acción, más si se tiene establecido en obrados que el inmueble del cual la propietaria pretende la devolución y entrega se encuentra en poder de los demandados, razón por la que la prueba acusada por los recurrentes en este punto no generó convicción en los juzgadores de instancia para desvirtuar la pretensión de desocupación y entrega de inmueble demandada en autos; no siendo evidente que no se haya valorado correctamente la prueba acusada en este punto