Auto Supremo AS/0893/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0893/2016

Fecha: 27-Jul-2016

El sistema romano, la delación o llamamiento no convierte al sucesible en heredero, sino que

El sistema romano, la delación o llamamiento no convierte al sucesible en heredero, sino que para ello hace falta un acto de aceptación expresa o que permita conceptuar que se ha producido en forma tácita, en la conjunción de estos dos requisitos o elementos: llamamiento tan solo nace en favor del sucesible el derecho de adquirir la herencia mediante la aceptación, el denominado ius delationis. Si lo ejerce aceptando, se convierte efectivamente en heredero. Puede llegar por medio de la aceptación expresa (adictio) o de forma tácita, observando una conducta que importa aceptación (pro herede gestión). Los actos de mera conservación de los bienes hereditarios no implican aceptación