Auto Supremo AS/0268/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0268/2016

Fecha: 25-Ago-2016

Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgredió ni

Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista recurrido no transgredió ni vulneró ninguna norma, por el contrario se ajustó a las disposiciones legales en vigencia, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el recurso; por lo que, corresponde resolver conforme prescribe el art. 220.II del Nuevo Código Procesal Civil, En observancia a la disposición transitoria sexta de la Ley No 439., aplicables por la norma permisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo