Auto Supremo AS/1007/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1007/2016

Fecha: 24-Ago-2016

En la forma

II.- CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN:
En la forma:
Refiere que el Auto de Vista transgredió el art. 236 del Código de Procedimiento Civil, al desconocer su propia competencia cometiendo error de hecho y de derecho, por efectuar apreciaciones falsas y omisiones indebidas, ya que se soslayó que en obrados no consta que a partir del 10 de noviembre de 2010 (fs. 637) hasta el 19 de julio de 2011 (fs. 638) no existe ninguna actuacion procesal, infringiéndose el art. 190 del Código de Procedimiento Civil
Arguye que se transgredió el art. 397 del Código de Procedimiento Civil, al haberse basado el Auto de Vista en suposiciones y mentiras por no señalar donde se encuentra la constante actividad, por lo que, no efectuó una correcta valoración del expediente con prudente criterio y con la sana critica, ya que en obrados no existe actividad alguna durante más de 8 meses