Auto Supremo AS/1027/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1027/2016

Fecha: 24-Ago-2016

Consiguientemente y toda vez que los reclamos acusados en casación no resultan evidentes, corresponde resolver

Consiguientemente y toda vez que los reclamos acusados en casación no resultan evidentes, corresponde resolver conforme señala el art. 220.II del Código Procesal Civil