Auto Supremo AS/0311/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2016

Fecha: 22-Sep-2016

Declarar probada la excepción de arbitraje, o Pronunciarse sobre la nulidad o ejecución imposible de

En el art. 45.III señala: “Constatada la existencia de la cláusula arbitral o convenio arbitral y sin lugar a recurso alguno, en el marco de la presente Ley, la autoridad judicial competente podrá:
Declarar probada la excepción de arbitraje, o Pronunciarse sobre la nulidad o ejecución imposible de la cláusula arbitral o del convenio arbitral, desestimando la excepción de arbitraje”