Auto Supremo AS/0313-1/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313-1/2016

Fecha: 22-Sep-2016

Bajo estos parámetros, se concluye que al ser evidentes las acusaciones denunciadas en el recurso

Bajo estos parámetros, se concluye que al ser evidentes las acusaciones denunciadas en el recurso de casación en el fondo de fs. 220 a 227 interpuesto por Raúl Marcos Solares Zurita en representación legal de la Fundación Agrocapital; corresponde resolver en el marco de la disposición legal contenida en el art. 220.IV del NCPC, aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 74.2 del CTB. En observancia a la disposición transitoria sexta de la Ley Nº 439