Auto Supremo AS/0313-1/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0313-1/2016

Fecha: 22-Sep-2016

En Autos, de la revisión minuciosa del proceso se observa que la Fundación Agrocapital obtuvo

En Autos, de la revisión minuciosa del proceso se observa que la Fundación Agrocapital obtuvo la RA N° 361/95 el 10 de octubre 1995, que la declaró exenta del pago del IUE, misma que no fue revocada por la AT antes del proceso de fiscalización, cambiando la situación jurídico-tributaria del mismo mediante las Resoluciones Determinativas Nos. 1452007 y 31491411 el 23 de septiembre 2007, aplicando el procedimiento contenido en el art. 97 del CTB, es decir intimar al sujeto pasivo para la presentación de las Declaraciones Juradas o el pago del monto presunto determinado en la Vista de Cargo, sin que exista fundamento alguno que señale los requisitos incumplidos para la procedencia de la exención, pretendiendo, aplicar a la gestión 2005 y 2006, el IUE -que tiene carácter anual-, gravando actividades desarrolladas por la indicada entidad cuando aún no se encontraba en la obligación de cumplir con este impuesto