Auto Supremo AS/0693/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0693/2016-RRC

Fecha: 16-Sep-2016

1) Con referencia a lo estipulado en el art


En la inspección in cito, no se evidencia ninguno de los elementos comisivos de los delitos querellados expresados en la querella tales como postes cerca ni alambre.” (sic)

II.2. Del recurso de apelación restringida.

Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular Adela Cardona Martínez, interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes fundamentos:

1) Con referencia a lo estipulado en el art. 351 del CP, alegó que el Juez de mérito incurrió en el defecto previsto por el art. 370 inc. 1) del CPP, al pretender que la configuración del delito de Despojo, requiere que sean sacados a la fuerza de sus camas, sin considerar que también se despoja de la posesión real y corporal al propietario del ejercicio de un derecho real constituido sobre él; asimismo, arguyó que el Juez de Sentencia no consideró que el delito de Despojo, no sólo se comete mediante actos de violencia, sino también por “cualquier otro medio”, que a decir de la recurrente puede ser la “furtividad”; lo que implica, que el despojo puede producirse en ausencia del dueño o poseedor, ausencia que no implica falta de ejercicio del poder sobre el bien; por otro lado, denunció que en el acto ilícito cometido por el imputado, éste usó la violencia, pues no otra cosa significaría arrancar postes, sacar alambres, destruir plantas, hacer excavaciones y destruir su habitación de material y calamina