Auto Supremo AS/0693/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0693/2016-RRC

Fecha: 16-Sep-2016

Por lo expuesto, el Tribunal de apelación a tiempo de realizar el control de legalidad


Por lo expuesto, el Tribunal de apelación a tiempo de realizar el control de legalidad de la Sentencia, a fin de comprobar si el Juez o Tribunal de mérito, cumplió los preceptos jurídicos reguladores de la actividad probatoria, deberá tomar en cuenta lo establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, a través del Auto Supremo 354/2014-RRC de 30 de julio, que dispone: “En cuanto a la fundamentación probatoria, siendo el juzgador de mérito, el único facultado para valorar prueba, la ausencia de fundamentación, sea descriptiva o intelectiva, implica defecto absoluto inconvalidable, toda vez que, conforme nuestro sistema recursivo, el Tribunal de alzada no puede suplir la fundamentación probatoria, porque ello implica valoración de la prueba; pues, la falta de fundamentación descriptiva sobre alguna de las pruebas, impide el control sobre ella; de la misma forma, la ausencia de fundamentación intelectiva, impide verificar, si la valoración de la prueba, sea individual o conjunta, se hizo en correcta aplicación de las reglas de la sana crítica.” (las negrillas son nuestras)