Auto Supremo AS/0721/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0721/2016-RRC

Fecha: 19-Sep-2016

3) Incongruencia omisiva por parte del Auto de Vista, porque no se pronunció sobre que,


3) Incongruencia omisiva por parte del Auto de Vista, porque no se pronunció sobre que, la Sentencia se basa en medios probatorios no incorporados legalmente al juicio [art. 370 inc. 4) del CPP], falta de fundamentación de la pena; ilegal admisión de la prueba extraordinaria ofrecida por el Ministerio Público consistentes en dos cd’s comerciales, negativa de admisión de pruebas extraordinarias del acusado; prueba extraordinaria (acta de acuerdo suscrito por Celso Churata para encubrir un intento de agresión sexual); Prueba extraordinaria (cd’s originales); por lo que, serían aplicables los Autos Supremos 431 de 15 de octubre de 2005 y 411 de 20 de octubre de 2006, ya que sobre dichas denuncias, no existe pronunciamiento alguno de las autoridades de alzada, así como también los Autos Supremos 51/2013 de 1 de marzo, que establecen la competencia del Tribunal de alzada y su obligación de pronunciarse de manera fundamentada y motivada sobre cada uno de los motivos del recurso caso contrario implica en una incongruencia omisiva