Auto Supremo AS/0721/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0721/2016-RRC

Fecha: 19-Sep-2016

Al respecto, de la revisión de la alzada planteada por el recurrente, se advierte que


Al respecto, de la revisión de la alzada planteada por el recurrente, se advierte que en el punto segundo de su apelación restringida, expuso su agravio señalando en síntesis que la sentencia se basó en hechos inexistentes o en valoración defectuosa de la prueba identificando que incurre en la causal 6 del art. 370 del CPP, haciendo referencia a la parte VIII Fundamentos de derechos, punto 3, párrafo 2, afirmando que se señaló un hecho inexistente, ya que niega haber afirmado que el día de los hechos se haya encontrado con Celso Churata y demás acontecimientos sucedidos como se indica en la sección VII de la Valoración intelectiva párrafos 12 y 13, atribuyendo además de que la sentencia se base en la declaración de culpabilidad de una persona en infracción del debido proceso. Asimismo, manifiesta que en la parte VIII Fundamentos de derecho, punto 3 párrafo 5, Sección VI Fundamentación probatoria y la sección VII Valoración intelectiva, no se señalan los medios probatorios de los que se concluya que los pasantes le hayan obsequiado a sus invitados un cd’s que llevó en sus prendas, dejándolo caer en el lugar de los hechos donde fue encontrado por Mauricio Cutipa