Auto Supremo AS/1100/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1100/2016

Fecha: 23-Sep-2016

7)Se ha violado el art

7)Se ha violado el art.1507 del C.C., y se aplicó indebidamente el art. 1454 C.C., puesto que sin decirlo no consideraron que la acción negatoria no es imprescriptible, al no existir ninguna norma que establezca su imprescriptibilidad. Pues al pretender los demandantes hacer valer el documento de fs. 5 a 6 para demandar la acción negatoria, esta su acción se encuentra prescrita. Sin embargo en alzada desestimaron los fundamentos de la apelación al respecto para no resolver