Auto Supremo AS/0023/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2017-RA

Fecha: 20-Ene-2017

En cuanto al tercer motivo, en el que denuncian que a los imputados se los


En cuanto al tercer motivo, en el que denuncian que a los imputados se los condenó por el delito de Estafa, sin que concurran todos y cada uno de los imputados, por cuanto se estableció que ellos cobraron dineros bajo presión y amenaza y no así mediante engaños o artificios; y, que el dinero sería en beneficio propio o de terceros, puesto que se desconocería el destino de los mismos; sin embargo, no se demostró que habría sido en beneficio de ellos o de algún tercero plenamente establecido, lo que consideran contrario a los Autos Supremos 131 de 31 de enero de 2007, 236 de 7 de marzo de 2007, 069 de 9 de febrero de 2004, respecto de los cuales se limitaron a efectuar una simple transcripción de su contenido, sin explicar de ningún modo cuál la presunta contradicción con el Auto de Vista recurrido, a partir de la comparación de los hechos similares y de las normas aplicadas con sentidos jurídicos diversos, incumplimiento que no puede ser suplido de oficio por este Tribunal; por cuanto, constituye una carga procesal establecida por ley atribuida a los recurrentes (art. 416 y 417 del CPP) explicar de manera clara y precisar porqué la Resolución de alzada resultaría contraria a los precedentes invocados, al no haberlo hecho, el motivo en análisis resulta inadmisible