Auto Supremo AS/0023/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2017-RA

Fecha: 20-Ene-2017

En cuanto al único motivo extractado del recurso de casación, se tiene que los recurrentes,


IV.1. Sobre el recurso de casación de los querellantes

En cuanto al único motivo extractado del recurso de casación, se tiene que los recurrentes, aducen que el Tribunal de apelación, extralimitando la competencia establecida en los arts. 413 y 414 del CPP, revalorizaron la prueba consistente en las declaraciones de las testigos Eva Flores Portillo y Luzminda Fernández Urbano, haciendo referencia a la calidad de propietario a título hereditario, con carácter expectaticio, de Cresencio Tapia Rivas sobre una extensión superficial de 200.000 m2, derecho que a criterio de dicho Tribunal no habría sido perfeccionado y registrado en oficinas de derechos reales; a cuyo efecto, determinaron declarar a los imputados absueltos por el delito de Estelionato, no obstante la condena que estableció el Tribunal de Sentencia, lo que consideran contradice la doctrina legal invocada en los Autos Supremos 200/2012 de 24 de agosto y 011/2013-RRC de 6 de febrero, en cuyo mérito –a decir de los recurrentes- el Tribunal de apelación no podía dictar una sentencia absolutoria por el delito de Estelionato a favor de los acusados, cambiando la situación por ese ilícito de condenados a absueltos, explicación que además de ser concisa, resulta suficiente a efectos de verificar la denunciada contradicción con la doctrina legal invocada, resultando admisible