Auto Supremo AS/0105/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0105/2017

Fecha: 23-Oct-2017

Bajo esos parámetros, y de la minuciosa revisión de obrados, se advierte que a fs


En el caso, el recurrente ampara su pretensión de revisión y anulación de la Sentencia de 23 de octubre de 2015, dictada por el Juzgado de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia Nº 1 de Punata, alegando que se le impuso una condena en virtud al art. 272 Bis y 293 del Código Penal, aplicando de manera retroactiva la Ley 348, siendo que la denuncia y el desarrollo de las investigaciones se realizaron por la presunta comisión de los delitos previstos en los arts. 272 y 293 del código sustantivo penal, aplicando de manera retroactiva una norma que no le era favorable, señalando además una serie de agravios que se hubieran cometido en el transcurso del proceso hasta la emisión de la sentencia, como ser, mala

Bajo esos parámetros, y de la minuciosa revisión de obrados, se advierte que a fs. 59 de los documentos en fotocopia simple, adjuntos al recurso, cursa presentación de acusación formal y solicitud de señalamiento de audiencia conclusiva, presentado por el fiscal de materia asignada al proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Tania Orellana Torrico contra Erick Gerson Torrico Villarroel, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Familiar o Doméstica y Amenazas, tipificados y sancionados por los arts. 272 Bis y 293 del Código Penal