f)Con relación al art
f)Con relación al art. 370 inc. 8) del CPP, señala que la apelante solo hizo mención de la referida normativa sin fundamentar de qué manera existió la señalada contradicción entre la parte resolutiva y la considerativa de la Sentencia, por lo que se tiene que esta afirmación no resulta cierta ni evidente; toda vez, que de la lectura de la Sentencia en todo el fundamento se hace mención a que las acusaciones tanto fiscal como particular no fueron probadas
- Por memoriales presentados el 9 de diciembre del 2016, cursantes de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 397/2017-RA de 30 de mayo,
- La recurrente alega que las resoluciones judiciales deben ser debidamente fundamentadas, caso no acontecido en
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita se anule el Auto de Vista y se dicte uno nuevo
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- b)Si no existe el auxilio de la ciencia, técnica o arte a que se hace
- c)Existió un reconocimiento expreso por parte del Ministerio Público respecto sobre la escasa prueba aportada,
- d)Con relación al delito de Uso de Instrumento Falsificado, en el presente caso si no
- II.2. De la apelación restringida
- La Sentencia fue recurrida en apelación restringida por la acusadora particular, con los siguientes argumentos:
- II.3. Respuesta al recurso de apelación restringida
- Ruth Giovanna Zarraga Salvatierra, contesta la apelación restringida, conforme consta de fs
- II.4. Del Auto de Vista 74 de 25 de septiembre de 2015
- II.5. Auto Supremo 314/2016-RRC de 21 de abril
- El referido Auto Supremo dejo sin efecto el Auto de Vista 74 de 25 de
- En relación al tercer motivo, el Auto de Vista no señala cuáles fueron los puntos
- Respecto al cuarto motivo, afirma que el Tribunal de Alzada no emitió pronunciamiento puntual de
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de
- e)Respecto al art
- f)Con relación al art
- h)En cuanto al fundamento utilizado por Ruth Giovanna Zárraga Salvatierra de que el recurso de
- consideración de la declaración del perito, lo que generó la vulneración a su derecho a
- III.1.Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el presente recurso de casación, conforme se tiene precisado, la recurrente denuncia que el
- Ahora bien, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los
- legal, extremo ratificado por este Tribunal en el Auto Supremo 078/2012-RA de 23 de abril
- En el caso presente, el impugnado Auto de Vista 66 de 13 de septiembre de
- Por otro lado, el segundo aspecto a ser tomado en cuenta y analizado en el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación de lo previsto por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
