Auto Supremo AS/0831/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0831/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

3)Se incurrió en el defecto comprendido en el art


3)Se incurrió en el defecto comprendido en el art. 370 inc. 6) del CPP, al considerarse que la misma se basa en defectuosa valoración de la prueba y se basa en hechos inexistentes y no acreditados en el juicio oral