Auto Supremo AS/0831/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0831/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

tener en cuenta que conforme el acta de registro de juicio oral se registra, que


c)Con relación al tercer agravio referido al defecto de la Sentencia previsto en el art. 370 inc. 10) del CPP, de la lectura de la Sentencia se verifica que la misma cuenta con la estructura necesaria en su redacción no existe omisión; y en cuanto, a la deliberación de la Sentencia debe


tener en cuenta que conforme el acta de registro de juicio oral se registra, que la última palabra del acusado y acto seguido se registra: “Presidente: Siendo horas 15:50 del día martes 4 de octubre de 2016 el Tribunal en pleno ingresa a deliberar a efectos de emitir resoluciones por lo que declara un receso hasta horas 17:30 p.m. del día de hoy”, luego se tiene: “…Siendo horas 17:30 p.m. del mismo día se reinstala audiencia a efectos de emitir la resolución y por lo avanzado de la hora se dará lectura únicamente a la parte resolutiva”. Y se consignan: “…se señala fecha para lectura integra de la Sentencia para el viernes 7 de octubre de 2016 a horas 18:00 p.m.”. De modo tal, que no se verifica irregularidad alguna, dada cuenta que los razonamientos y conclusiones a las que arriba de considerarse defectuosas tienen como medio de reclamo el defecto de la Sentencia incurso en el art. 370 inc. 6) del CPP