Auto Supremo AS/0831/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0831/2017-RRC

Fecha: 30-Oct-2017

subjetiva el Tribunal de apelación, que tenía la intención de asestar el arma sobre la


2)Arguye también la infracción a los arts. 251 con relación al art. 8 y 270 inc. 3) y 271 del CP, señalando que el Tribunal de alzada incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva, ante la interpretación y subsunción de los hechos al tipo penal de Tentativa de Homicidio estableciendo dos elementos contradictorios en la Resolución recurrida, citando al efecto el Considerando III, afirma que no existen los elementos del concepto de tentativa; en cuanto, al accionar antijurídico del procesado, manifestando que hizo uso de su defensa personal ante los agresores, por lo que sacó un cortaplumas que maneja permanentemente para ahuyentarlos; no obstante, los tres sujetos seguían golpeándolo y como lógica consecuencia recibieron lesiones cortantes en su cuerpo, por lo que no sería como erradamente razona en forma


subjetiva el Tribunal de apelación, que tenía la intención de asestar el arma sobre la víctima y menos dar muerte y que fue interrumpido el hecho por circunstancias ajenas a su voluntad, ya que la pelea cesó con la presencia de un funcionario policial, hechos que indica fueron demostrados en el juicio, pero erróneamente analizados por el Tribunal de alzada con el objeto de modificar el tipo penal y agravar la pena, extrañando el por qué llegó a la conclusión asumida por el Tribunal de alzada, que incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva; en cuanto, a la subsunción de los hechos al tipo penal de Tentativa de Homicidio respecto a la víctima Roberto Matías Torrez Ferrufino, al modificar el tipo penal de Lesiones Gravísimas a Tentativa de Homicidio y de Lesiones Graves a Lesiones Gravísimas, con relación a María Luisa Ferrufino en contravención al Auto Supremo 87 de 8 de marzo de 2002