Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1111/2017
Fecha: 30-Oct-2017
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de
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Respecto a la reconvención, establece que los demandados fueron detentadores y no poseedores, para lo
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En relación al recurso de fs
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II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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Por otro lado refiere que existe falta de convocatoria a litis consorcio pasivo necesario, y
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Recurso de Casación de Alicia Merlo Gonzales, Jorge Merlo Gonzales, Olga Merlo Gonzales e Hilda
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En la forma
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No se habría tomado en cuenta la aplicación del Código Procesal Civil en segunda instancia
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En el fondo
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En base a lo anterior piden que deliberando en el fondo se declare improbada la
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De la respuesta al recurso de casación
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Respecto a la apelación de Felipe Merlo Mamani, cuestionan su intervención, así mismo señalan a
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Respecto al recurso de casación de los demandados reconvencionistas
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III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
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El art
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Es necesario señalar que la posesión que se adquiere y que se disfrutará en concepto
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Renuncia a la prescripción
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Respecto a la acción de reivindicación
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Conforme lo señalado podemos advertir que el art
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En el orden cronológico propuesto por los recurrentes se ingresa a resolver los mismos, tomando
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Acusa infracción del art
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Por otro lado resulta totalmente contradictorio el argumento expuesto por el recurrente en relación a
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Bajo esas consideraciones no resulta sustentada las acusaciones efectuadas por el recurrente para acoger su
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Acusan no haberse tomado en cuenta el Código Procesal Civil en segunda instancia respecto al
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Bajo ese antecedente no corresponde acoger la pretensión de nulidad solicitada, más aun si de
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De los puntos uno al seis -excluido el cinco- el argumento recursivo está dirigido a
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Aquel aspecto conduce a señalar que aun de ser evidente que estuvieran en posesión, al
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A la luz de lo señalado cuando se pretende no haberse analizado los recibos por
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Respecto a lo reclamado en el punto cinco, resulta una lacónica referencia a la presunta
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Todos esos antecedentes conllevan arribar a la conclusión que no son evidentes las infracciones acusadas,
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
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