Auto Supremo AS/1111/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1111/2017

Fecha: 30-Oct-2017

Respecto a la reconvención, establece que los demandados fueron detentadores y no poseedores, para lo

Respecto a la reconvención, establece que los demandados fueron detentadores y no poseedores, para lo cual analiza la prueba pertinente y la carencia de modificaciones ampliaciones o mejoras, y respecto a las facturas realizan cómputo y de las mismas no alcanzaría al tiempo alegado, además observan la inserción de otros nombres en aquellas, y que fuera impropio valerse de pagos efectuados por otros, de lo cual se corroboraría la detentación evidenciada, refiere además el contrato de cuidador suscrito por su anterior propietario con Felipe Merlo Mamani, y que ello evidencia acto de tolerancia que no puede ser confundido para adquirir el derecho propietario. No habría congruencia en relación a las demás pruebas los otros que refiere como la certificación de la junta de vecinos, desvirtuando las demás pruebas y concluye que no es posible acoger la pretensión de usucapión al no acreditar su petición