Auto Supremo AS/1111/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1111/2017

Fecha: 30-Oct-2017

En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de

Resolución que fue apelada por Alicia Merlo Gonzales, Jorge Merlo Gonzales, Olga Merlo Gonzales e Hilda Sonia Merlo Gonzales por memorial de fs. 394 a 399 vta., y por Felipe Merlo Mamani mediante escrito de fs. 414 a 418 vta.
En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil y Comercial Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº 323/2016 de 30 de junio de 2016 de fs. 451 a 453 vta., por el que CONFIRMA la Sentencia Resolución Nº 25/2016 de 15/01/2016 de fs. 346-349, señalando que: En relación al recurso de apelación de fs. 394 a 399 vta. (de Alicia, Jorge, Olga e Hilda Sonia, todos de apellidos Merlo Gonzales). Refiriendo a la acción de reivindicación, requisitos, sus características y su finalidad, con cita de Autos Supremos como soporte jurisprudencial. Pasa luego a señalar al caso en concreto para señalar que la actora ostenta la calidad de actual propietaria del bien inmueble que describe con el registro pertinente y la fuerza probatoria otorgada por el art. 1296 del Código Civil. Por otro lado la demostración de que los demandados recurrentes están en posesión arbitraria, concluyendo que concurren los requisitos para la reivindicación, explicando las razones para su procedencia sin que necesariamente estuviera en posesión material al tener posesión civil conforme a la jurisprudencia que analizó, desvirtuando la postura de los recurrentes al no existir evidencia de error o vulneración a algún derecho de las partes en el fallo emitido