Dicho fallo motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
I.2. Motivos del Recurso de Casación
Dicho fallo motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs. 159 a 163, interpuesto por Jesús Marco Antonio Sandoval Castillo en representación legal de Anadeli Melina Lora Ondarza, quien señaló:
Acusó la existencia de contradicciones en el considerando 3 del Auto de Vista recurrido, al establecer la relevancia de los principios que rigen la materia del trabajo, para concluir que la alzada carece de técnica recursiva y que la apelación versa sobre una publicación de Correo del Sur, empero revoca parcialmente la sentencia, quedando de lado los principios y derechos del trabajador
Dicho fallo motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs. 159 a 163, interpuesto por Jesús Marco Antonio Sandoval Castillo en representación legal de Anadeli Melina Lora Ondarza, quien señaló:
Acusó la existencia de contradicciones en el considerando 3 del Auto de Vista recurrido, al establecer la relevancia de los principios que rigen la materia del trabajo, para concluir que la alzada carece de técnica recursiva y que la apelación versa sobre una publicación de Correo del Sur, empero revoca parcialmente la sentencia, quedando de lado los principios y derechos del trabajador
- VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo de fs
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- Dicho fallo motivó el Recurso de Casación en el fondo de fs
- Refirió que conforme el art
- Aclarando que el día 19 de noviembre de 2015, en su lugar, ya existía otra
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- Que en la demanda se afirmó el cobro del cheque, dejando en claro que estaría
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- Mediante memorial cursante de fs
- Mediante Auto Supremo Nº 394-A de 17 de noviembre de 2016 la Sala Contenciosa, Contenciosa
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- Asimismo, podemos señalar que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del
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- En dicho contexto y en relación al reclamo de no haberse valorado la confesión provocada
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- Siendo preciso señalar que la jurisprudencia en materia laboral, ha considerado que la inasistencia prolongada
- La doctrina distingue, al efecto el “abandono-incumplimiento” y el “abandono renuncia”
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- Finalmente en cuanto a la respuesta del Recurso de Casación, en la cual se señaló
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Con costas
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
