Por lo expuesto, toca resolver el Recurso de Casación, aplicando la disposición contenida en el
Por último y habiéndose alegado que no correspondería reincorporación alguna ante el fallecimiento del que en vida fue OSCAR TELMO TORREZ PARADA, éste Tribual considera que efectivamente, la reincorporación, materialmente, resultaría para la entidad demandada una obligación de imposible cumplimiento. Mas, sin embargo, el deceso del titular mal podría anular el derecho sobre los sueldos devengados y otros de los que fue privado el demandante, por lo que corresponderá el pago de todos los sueldos devengados y otros derechos condenados en sentencia de primera instancia, desde el momento de su injusta cesantía hasta el momento de su deceso.
Por lo expuesto, toca resolver el Recurso de Casación, aplicando la disposición contenida en el art. 220.V del CPC, aplicable por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
Por lo expuesto, toca resolver el Recurso de Casación, aplicando la disposición contenida en el art. 220.V del CPC, aplicable por la norma permisiva contenida en el art. 252 del CPT
- Demandado: EMPRESA PETREX SA
- VISTOS: El Recurso de Nulidad interpuesto por Oscar Telmo Torrez Parada, representado legalmente por Lucila
- I.1.1. Sentencia
- Que, tramitado el proceso Laboral por Reincorporación seguido por Oscar Telmo Torrez contra la Empresa
- I.1.2. Auto de Vista
- Interpuesto el Recurso de Apelación de fs
- I.2. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Fundamenta los siguientes agravios de fondo
- 1
- 2
- 3
- Señala que hoy más que nunca los trabajadores están protegidos por la norma suprema del
- Aduce que no se pueden desconocer sus legítimos derechos hasta el último día de vida,
- Por último señala que el Estado reconoce y protege a la familia, como núcleo de
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- CONTESTACIÓN DEL RECURSO POR PARTE DE LA EMPRESA PETREX S.A. SUCURSAL BOLIVIA
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- El parágrafo III
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- I.Fundamentos jurídicos del fallo
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- Por su parte, el art
- Así también el art
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- Consagrados en el art. 46 I. de la CPE
- Por lo expuesto, toca resolver el Recurso de Casación, aplicando la disposición contenida en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
