POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, CASA el Auto de Vista Nº 108/2016 del 5 de JULIO 2016 cursante de fs. 146 a 150, pronunciado por la Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y deliberando en el fondo mantiene vigente la Sentencia Nº 58/2014 pronunciada por la Juez A quo, con las modificaciones expresadas en la presente resolución
- Demandado: EMPRESA PETREX SA
- VISTOS: El Recurso de Nulidad interpuesto por Oscar Telmo Torrez Parada, representado legalmente por Lucila
- I.1.1. Sentencia
- Que, tramitado el proceso Laboral por Reincorporación seguido por Oscar Telmo Torrez contra la Empresa
- I.1.2. Auto de Vista
- Interpuesto el Recurso de Apelación de fs
- I.2. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Fundamenta los siguientes agravios de fondo
- 1
- 2
- 3
- Señala que hoy más que nunca los trabajadores están protegidos por la norma suprema del
- Aduce que no se pueden desconocer sus legítimos derechos hasta el último día de vida,
- Por último señala que el Estado reconoce y protege a la familia, como núcleo de
- Concluye el recurso, solicitando se conceda el recurso, para que se rectifique el derecho lesionado,
- CONTESTACIÓN DEL RECURSO POR PARTE DE LA EMPRESA PETREX S.A. SUCURSAL BOLIVIA
- En presentación legal de la empresa PETREX S
- El parágrafo III
- El parágrafo IV, establece la imposibilidad jurídica de optar por la reincorporación y pago de
- Dejan claro que se ha demostrado que la ruptura del vínculo laboral se produjo a
- Hace referencia a la Resolución Ministerial 447/09 de 8 de julio, señalando que dicha normativa
- Solicita declaren Improcedente el memorial de casación por carecer de los requisitos impuestos por el
- Mediante Auto Supremo No 395-A de 17 de noviembre de 2016 la Sala Contenciosa y
- I.Fundamentos jurídicos del fallo
- Planteado el Recurso de Casación en el fondo, ingresando a su análisis con relación al
- Posteriormente, en 22 de marzo de 2013, interpone demanda laboral con base en el
- Sobre lo anterior y con base en los antecedentes del proceso, se puede establecer que,
- Así entonces, en mérito a que la licitud de aquella prueba se encontraba cuestionada, correspondía
- Este sólo hecho de indolencia extrema constituye claro acto de hostigamiento laboral, doctrinalmente conocido como
- Más aún, en obrados no sólo cursa el informe de fs
- Por su parte, el art
- Así también el art
- Más llama la atención que el Tribunal de apelación haya decidido revocar la Sentencia de
- Consagrados en el art. 46 I. de la CPE
- Por lo expuesto, toca resolver el Recurso de Casación, aplicando la disposición contenida en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
