Auto Supremo AS/0861/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2017-RRC

Fecha: 03-Nov-2017

afirmación que no responde a la verdad material de las actuaciones procesales, pues no se


De lo relacionado, es posible concluir que el Tribunal de alzada, realizó un análisis sobre la subsunción de la conducta del imputado a los tipos penales atribuidos, determinando finalmente la comisión de los delitos por los que se lo condenó, no sin antes explicar detalladamente las razones por las que arribó a tal conclusión; además de lo señalado, cabe señalar que lo argüido por el recurrente en sentido que los Vocales hubieran contradicho lo establecido en los informes y declaraciones de los policías y lo señalado por la Sentencia, afirmando que hubiera sido detenido dentro del vehículo donde se encontró droga; es una


afirmación que no responde a la verdad material de las actuaciones procesales, pues no se encuentra en ningún lugar del Auto de Vista, que el Tribunal de alzada hubiera realizado tal apreciación; al contrario, se estableció que: “…lo que significa que el imputado en su condición de Policía amedrentaba a una señora y tres niños, buscando una maleta dentro de un vehículo, pero dentro del motorizado se encontraron sustancias controladas, situación que coincide con el informe de pericia elaborado por la Bioquímica Marcia Barbery, con lo cual se evidencia que el imputado cometido el delito previsto por el art. 68 de la L1008”. De modo tal, que la afirmación realizada por el recurrente, resulta falaz y no responde a la fundamentación del fallo de alzada