Auto Supremo AS/0861/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2017-RRC

Fecha: 03-Nov-2017

Con relación a la errónea aplicación del art


Con relación a la errónea aplicación del art. 53 de la L1008, la Fiscalía no presentó ni una sola prueba que demuestre el conocimiento previo entre las personas que fueron aprehendidas y menos la existencia de un acuerdo o planificación para la comisión de algún delito, extremo que tampoco fue mencionado por los testigos de cargo; sin embargo, la Sentencia afirmó que en el motorizado que llegaron los imputados al lugar de los hechos, descendieron cuatro personas, tres fueron reducidas y una cuarta se dio a la fuga, lo que significa haber sido más de dos personas que intervinieron en los hechos ilícitos probados. No obstante, es falso que el Fiscal hubiera probado que estuviesen organizados para la comisión del falso hecho delictivo, lo policías tampoco declararon sobre esa inexistente asociación