Auto Supremo AS/0861/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0861/2017-RRC

Fecha: 03-Nov-2017

Revisando lo establecido por el precitado Auto Supremo 014/2013-RRC de 6 de febrero, se tiene


Por su parte, en el quinto motivo, reclamó que el Tribunal de Sentencia, asignó valor a las pruebas relativas a la pistola 9mm, el chaleco antibalas y la gorra policial, sin que hubieran sido presentadas físicamente para su reconocimiento, sino que fueron incorporadas por su lectura, siendo presentado únicamente el Handy, puesto que lo demás habría desaparecido misteriosamente; extremo que fue respondido por el Tribunal de alzada en sentido que dicha prueba fue presentada junto con la acusación vulnerando los arts. 124 y 398 del CPP; lo que contradeciría la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 014/2013-RRC.

Revisando lo establecido por el precitado Auto Supremo 014/2013-RRC de 6 de febrero, se tiene que el mismo establece lo siguiente: “Una vez introducida la prueba de cargo y descargo al proceso, desarrollados los actos y pasos procesales inherentes a la sustanciación del juicio oral, realizados los actos de cierre por las partes y clausurado el debate, corresponde al Juez o Tribunal dictar una Sentencia, cimentada en la decisión asumida en la deliberación, sobre la base de lo visto, oído y percibido en la audiencia de juicio, efectuando la labor de valoración e interpretación, siguiendo las reglas de la sana crítica, apreciando individual e integralmente las pruebas desfiladas y sometidas a la contradicción ante sus sentidos