Por memorial presentado el 23 de marzo de 2017, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 862/2017-RRC
Sucre, 03 de noviembre de 2017
Expediente : Tarija 18/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Jaime Ramallo Mogro
Delitos : Falsificación de Documento Privado y otros
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de marzo de 2017, que cursa de fs. 494 a 506 vta., la Fiscal de Materia Maggi Susana Corrillo Romero en representación del Ministerio Público, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 1/2017-SP1 de 20 de enero, de fs. 483 a 487 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, integrado por los vocales José Luis Lenz Mamani y Adolfo Nilo Velasco Albornoz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Jaime Ramallo Mogro, por la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado, Uso de Instrumento Falsificado, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Peculado previstos y sancionados por los art. 200, 203, 198, 199 y 142, todos del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 862/2017-RRC
Sucre, 03 de noviembre de 2017
Expediente : Tarija 18/2017
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada : Jaime Ramallo Mogro
Delitos : Falsificación de Documento Privado y otros
Magistrada Relatora: Dra. Maritza Suntura Juaniquina
RESULTANDO
Por memorial presentado el 23 de marzo de 2017, que cursa de fs. 494 a 506 vta., la Fiscal de Materia Maggi Susana Corrillo Romero en representación del Ministerio Público, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 1/2017-SP1 de 20 de enero, de fs. 483 a 487 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, integrado por los vocales José Luis Lenz Mamani y Adolfo Nilo Velasco Albornoz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Jaime Ramallo Mogro, por la presunta comisión de los delitos de Falsificación de Documento Privado, Uso de Instrumento Falsificado, Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Peculado previstos y sancionados por los art. 200, 203, 198, 199 y 142, todos del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 23 de marzo de 2017, que cursa de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 29/2015 de 28 de octubre (fs
- b)Contra la referida Sentencia, el imputado Jaime Ramallo Mogro (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 461/2017-RA de 20 de junio,
- Denuncia que el Auto de Vista recurrido omitiendo los arts
- de verdad material se basaron; toda vez, que los arts
- Transcribiendo, el Considerando III, núm
- I.1.2 Petitorio
- La representación del Ministerio Público, solicita que ante la existencia de contradicción con los precedentes
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- Por Sentencia 29/2015 de 28 de octubre, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental
- Considera como hechos no probados, que el monto mencionado corresponda al pago de refrigerio del
- II.2. Del recurso de apelación restringida del imputado Jaime Ramallo Mogro
- ya que se introdujo pruebas literales ilegalmente sin respetar el art
- Asimismo formula agravios con relación a las reservas realizadas en el juicio oral, aduciendo que
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, a través del Auto
- En cuanto al agravio impugnado sobre reserva de apelación que declara improbada la excepción de
- Esta Sala Penal admitió el presente recurso de acuerdo al Auto Supremo 461/2017-RA de 20
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- El art
- En ese ámbito, este Tribunal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de diciembre,
- La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- Por lo referido, el objetivo del recurso de casación es asegurar el exacto y uniforme
- III.2. Análisis del caso concreto
- Previamente, corresponde verificar la doctrina legal imperante en los precedentes invocados, en cuya labor se
- En efecto, la norma citada establece que: "Las sentencias y autos interlocutorios serán fundamentados, expresarán
- verdadera denegación del derecho a la tutela judicial efectiva siempre y cuando la desviación sea
- A este fin, el art
- Asimismo, invocó el Auto Supremo 111 de 31 de enero de 2007, dictado en el
- Cuando el Ad Quem advierte que en el proceso se han pronunciado fallos sustentados en
- El juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
