Auto Supremo AS/0862/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0862/2017-RRC

Fecha: 03-Nov-2017

Por Sentencia 29/2015 de 28 de octubre, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental


Por Sentencia 29/2015 de 28 de octubre, el Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró al imputado Jaime Ramallo Mogro, autor de la comisión del delito de Peculado, imponiendo la pena de cinco años de reclusión, y absuelto de los delitos de Falsificación de Documento Privado, Uso de Instrumento Falsificado, Falsedad Material y Falsedad Ideológica, en base a los siguientes argumentos:

Consideró como hechos probados, que el imputado Jaime Ramallo Mogro, se encontraba en custodia y resguardo de la chequera del Consejo de la Magistratura en mérito al cargo de Contador; la existencia del comprobante de contabilidad integrada No. 2886 de 6/12/2011 que justifica el pago de Bs. 182 a favor del imputado por descargo de fondos de avance de un viaje realizado a la ciudad de Sucre; que aprovechando la calidad de funcionario público emitió el cheque a su favor por la suma de Bs.8182., sin que exista documentación de respaldo, ocasionando una inconsistencia en la conciliación bancaria respecto al mes de diciembre de 2001 en la cuenta fiscal de gastos Tarija del Consejo de la Magistratura, habiendo el imputado procedido al cobro de dicho cheque en el Banco Unión el 8 de diciembre de 2001, apropiándose de fondos públicos