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    Auto Supremo AS/0894/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0894/2017-RRC

    Fecha: 14-Nov-2017

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    • Por memorial presentado el 19 de abril de 2017, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 490/2017-RA de 30 de junio,
    • Lo señalado demuestra que en el caso, se identificaron las pruebas que, por una parte,
    • Señalando que el Tribunal de alzada, soslayó su motivo de apelación bajo el argumento que
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicita se declare fundado el recurso y como consecuencia se deje sin efecto
    • Mediante Auto Supremo 490/2017-RA de 30 de junio, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • 1
    • 3
    • II.2. De las apelaciones restringidas
    • El Ministerio Público, interpuso recurso de apelación restringida, argumentando los siguientes motivos
    • iii
    • Por su parte YPFB, formuló apelación denunciando
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Por Auto de Vista impugnado, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
    • b)En relación a la denuncia de inobservancia del art
    • c)En relación a la incongruencia de la sentencia, concluye que esa acusación tampoco es evidente,
    • El presente recurso, fue admitido para verificar: i
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • El art
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
    • III.2. Análisis del caso en concreto
    • Como primer motivo la parte recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada no hubiera realizado
    • El primer precedente fue emitido dentro de un proceso penal seguido por el delito de
    • instancia y los hechos probados en juicio se hallan sujetos al principio de intangibilidad; sin
    • En efecto, denunciada la insuficiente fundamentación de la Sentencia y la defectuosa valoración de la
    • Al efecto se observa que los referidos precedentes, fundaron su doctrina legal aplicable, ante la
    • resuelven los contratos entre la entidad contratante y el acusado emitidas por la institución contratante,
    • La falta de fundamento de la resolución de uno de los puntos cuestionados, implica la
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

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