El primer precedente fue emitido dentro de un proceso penal seguido por el delito de
El primer precedente fue emitido dentro de un proceso penal seguido por el delito de Daño Simple, en el cual este Máximo Tribunal de Justicia, constató que el Auto de Vista carecía de una debida fundamentación y motivación al responder la denuncias del recurso de apelación restringida; por lo cual determinó dejar sin efecto el Auto de Vista recurrido, estableciendo previamente la siguiente doctrina legal aplicable: “…De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador se limite a transcribir los antecedentes procesales, los fundamentos de las partes o hacer una relación de normas legales sin que se ponga en evidencia el iter lógico, o camino del razonamiento, a efecto de arribar a determinada conclusión, para de esta manera cumplir con la previsión del art. 124 del CPP, lo contrario significaría vulneración al debido proceso en su elemento de la debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales, como ocurrió en el presente caso, donde no se da respuesta fundamentada ni motivada a varias denuncias efectuadas en la apelación restringida, lo que hace que este Tribunal deje sin efecto el Auto de Vista impugnado”
- Por memorial presentado el 19 de abril de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 490/2017-RA de 30 de junio,
- Lo señalado demuestra que en el caso, se identificaron las pruebas que, por una parte,
- Señalando que el Tribunal de alzada, soslayó su motivo de apelación bajo el argumento que
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita se declare fundado el recurso y como consecuencia se deje sin efecto
- Mediante Auto Supremo 490/2017-RA de 30 de junio, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- 1
- 3
- II.2. De las apelaciones restringidas
- El Ministerio Público, interpuso recurso de apelación restringida, argumentando los siguientes motivos
- iii
- Por su parte YPFB, formuló apelación denunciando
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Por Auto de Vista impugnado, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- b)En relación a la denuncia de inobservancia del art
- c)En relación a la incongruencia de la sentencia, concluye que esa acusación tampoco es evidente,
- El presente recurso, fue admitido para verificar: i
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- III.2. Análisis del caso en concreto
- Como primer motivo la parte recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada no hubiera realizado
- El primer precedente fue emitido dentro de un proceso penal seguido por el delito de
- instancia y los hechos probados en juicio se hallan sujetos al principio de intangibilidad; sin
- En efecto, denunciada la insuficiente fundamentación de la Sentencia y la defectuosa valoración de la
- Al efecto se observa que los referidos precedentes, fundaron su doctrina legal aplicable, ante la
- resuelven los contratos entre la entidad contratante y el acusado emitidas por la institución contratante,
- La falta de fundamento de la resolución de uno de los puntos cuestionados, implica la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
