En el primer considerando punto II, de la referida Sentencia, el Tribunal de Sentencia, hizo
En el primer considerando punto II, de la referida Sentencia, el Tribunal de Sentencia, hizo constar la oposición de la parte querellante a la aplicación de la salida alternativa, señalando que la misma refirió que en la declaración ampliatoria prestada en forma posterior al requerimiento conclusivo, el imputado mencionado había dado nuevos elementos sobre la participación de los demás imputados y que de aceptarse el procedimiento abreviado, no se contaría con la ayuda del imputado beneficiado; asimismo, había señalado el querellante, que el acuerdo para el procedimiento abreviado sería en grado de autoría y no de complicidad como había fundamentado el Ministerio Público en audiencia. Al respecto, el de mérito señaló que el rechazo de la salida alternativa solicitada, debe tener como fin permitir tener mejor conocimiento de los hechos, pero que la parte querellante en su oposición, no señaló porqué un juicio oral permitiría tener mejor conocimiento de los hechos y cuáles serían los mismos; asimismo, refirió que el imputado no tiene antecedentes penales y que en caso de que fuera autor, la pena solicitada sería de tres años, lo cual estaría dentro de los márgenes de la pena prevista entre uno a cinco años; al respecto, también menciona que la parte querellante no refirió qué agravantes o atenuantes existen en el presente caso. Por lo que, consideró pertinente aceptar el requerimiento del Ministerio Público, porque las pruebas serían suficientes para establecer la participación del imputado en la tramitación de su tarjeta de débito y que la misma había sido usada para extraer dineros de manera fraudulenta, señalando que el grado de participación del imputado, sería de complicidad
- Por memorial presentado el 28 de septiembre de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 429/2015 de 26 de agosto (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 515/2017-RA de 12 de julio, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Por Sentencia 429/2015 de 26 de agosto, mediante procedimiento abreviado, la Juez Décimo de Instrucción
- En la Sentencia recurrida, la Juez de mérito en el considerando I, refirió que el
- Junto con el requerimiento conclusivo, se había acompañado la siguiente prueba, notas BMSC/GAL/1627/2012 de 22
- En el primer considerando punto II, de la referida Sentencia, el Tribunal de Sentencia, hizo
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- de 28 de marzo de 2007, 314 de 25 de agosto de 20066, 151 de
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de
- III.1.La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
- Orlando A
- III.2. Análisis del caso concreto
- El querellante, en su recurso de casación, denuncia como agravio, que el Tribunal de apelación
- Al respecto, de lo redactado en el acápite II
- De lo descrito precedentemente, se establece que el Tribunal de apelación, pese a haber identificado
- Como se observa, el Tribunal de apelación, efectivamente vulnera el debido proceso en su elemento
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
