Auto Supremo AS/1162/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1162/2017

Fecha: 01-Nov-2017

Realiza consideraciones respecto al principio de pertinencia previsto en el art

Realiza consideraciones respecto al principio de pertinencia previsto en el art. 265-I del Código Procesal Civil y sobre esa base indica que en fecha 11 de junio de 2012 de fs. 118 a 119 y vta., el juzgador dispuso la nulidad de obrados desde fs. 81 a 88 ordenando la extensión de nueva comisión instruida para que se notifique a la empresa demandada, aspecto que no se cumplió pese que la parte demandante en fecha 27 de noviembre de 2012 procedió a retirar la comisión instruida, habiendo transcurrido seis meses y 22 días hasta la dictación del Auto que declara la perención y extinción del proceso por inactividad en fecha 2 de enero de 2013 saliente a fs. 129 cuando es obligación de los sujetos procesales realizar el impulso necesario para asegurar la continuidad del proceso y llegar a la sentencia final, el mismo que se logra mediante una serie de cargas procesales que algunas corresponden a las partes y otras al Tribunal