Auto Supremo AS/1178/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1178/2017

Fecha: 01-Nov-2017

En consecuencia se concluye que no existe ni es evidente la vulneración de los arts

En consecuencia se concluye que no existe ni es evidente la vulneración de los arts. 327-4), 336-2), 130, 131, 90, 120, 121, 180, 379, 380, 381, 190 y 194 de la Ley 1760; arts. 16 y 247 de la Ley 025; arts. 110-4), 234.I y II y 74.I del Código Procesal Civil y arts. 549, 1453 y 234 I y II del Código Civil, correspondiendo en ese sentido emitir resolución conforme lo prevé el art. 220.II del Código Procesal Civil