Auto Supremo AS/0088/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2017

Fecha: 02-Feb-2017

Al respecto corresponde precisar que de la revisión y análisis de antecedentes del proceso, se


Al respecto corresponde precisar que de la revisión y análisis de antecedentes del proceso, se tiene que a fs. 59 a 62 y vta., la demandante interpone demanda de usucapión acompañando prueba referente a escrituras públicas y certificaciones de derechos reales que acreditan el derecho propietario de la demandada sobre el bien inmueble en cuestión, y prueba por la que pretende acreditar su posesión sobre dicho inmueble. Prueba que es analizada por el Tribunal de Alzada en la Resolución recurrida, en cuyo fundamento no se observa que el Ad quem haya asumido el criterio de que documental consistente en escrituras públicas del derecho propietario de Estela Rosales Zenteno implicaría el reconocimiento del derecho propietario que tuviese la demandada, Al contario se observa que el motivo principal por el que revoca la decisión del Juez A quo, es que en obrados existe prueba por el que a través de diferentes actos o hechos la demandante reconoce como única y exclusiva propietaria de los terrenos objeto de usucapión a Estela Rosales, así se tiene el documento de anticipo de legitima de fs. 7 a 8 y vta., suscrito en 16 de julio de 2010 con reconocimiento de firmas y rubricas, esto quiere decir que la demandante conocía que la única y exclusiva propietaria era Estela Rosales Zenteno, por eso firmo el documento de fs. 7 a 8 y vta., caso contrario, si hubiere sido poseedora no hubiere suscrito dicho documento, esto significa que el tiempo anterior no fue poseedora del inmueble objeto de litis