Auto Supremo AS/0088/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2017

Fecha: 02-Feb-2017

Que a la pregunta 10 de la confesión provocada la demandada señalaría que si habría


Que la errónea interpretación del Ad quem respecto a que los documentos de derecho propietario de la demandada, significaría reconocimiento de derecho propietario que tuviese Estela Rosales sería la única razón para revocar la Sentencia sin considerar que dicha documental fue presentada de buena fe para acreditar los requisitos de procedencia de la usucapión, esta apreciación seria insuficiente para justificar el fallo más aun cuando en obrados constan otros hechos como a confesión de la demandada de fs. 270 a 271, donde señala que hace más de 20 años habría comprado las dos fracciones de terreno para su hijo Efrén (pregunta 8 del cuestionario), así también a la pregunta 9 habría señalado que no le habría dicho nada y tampoco habría tratado de desalojarla que daría a entender que nunca habría interrumpido su pacifica posesión reconociendo tácitamente su calidad de propietaria.

Que a la pregunta 10 de la confesión provocada la demandada señalaría que si habría firmado el documento de anticipo de legítima a pedido de Efrén y él le habría dicho que no iba a valer nada porque el necesitaba dinero y el Tribunal de Alzada; señalando que su posesión iniciaría a partir de la firma del documento de anticipo de legitima, se daría a dicho documento un valor que no tiene ya que la misma confesión de la demanda asegura que ese documento no iba a valer nada