Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0115/2017-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0115/2017-RRC

    Fecha: 20-Feb-2017

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 18 de julio de 2016, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 21/2015 de 1 de julio (fs
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 702/2016-RA de 19 de septiembre,
    • 2) Refiere que el Auto de Vista impugnado convalida la errónea aplicación de la Ley
    • I.1.2. Petitorio
    • Los recurrentes solicitan que se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 702/2016-RA de 19 de septiembre, cursante de fs
    • II.1. De la Sentencia
    • II.2. De la apelación restringida de los imputados
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro emitió el Auto de
    • En el caso presente, los imputados denuncian que el Tribunal de alzada emitió la resolución
    • El art
    • La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • Con relación al primer motivo de casación, referido a que el Auto de Vista impugnado
    • El Auto Supremo 144 de 28 de mayo de 2013, dictado dentro de un proceso
    • motivación en el Auto de Vista sobre las alzadas planteadas; por lo que, existiendo una
    • Asimismo, al responder al segundo motivo, sobre la falta de fundamentación en la sentencia en
    • El Auto Supremo 329 de 29 de agosto de 2006, emitido en un proceso sobre
    • El Auto Supremo 315 de 25 de agosto de 2006, pronunciado dentro de un proceso
    • con víctimas múltiples; empero, en los precedentes invocados se observa que los hechos fácticos difieren
    • Es así, que en referencia al derecho acusado de vulnerado como es el debido proceso,
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • alguno de los elementos (expresa, clara, completa, legítima y lógica) del iter lógico o camino
    • Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca