Auto Supremo AS/0115/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0115/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

El Auto Supremo 144 de 28 de mayo de 2013, dictado dentro de un proceso


El Auto Supremo 144 de 28 de mayo de 2013, dictado dentro de un proceso seguido por los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, donde inicialmente se emitió sentencia condenatoria, apelada la determinación por Auto de Vista se declaró improcedente la alzada planteada, fallo que fue dejado sin efecto en casación porque si bien respondió a las denuncias, fue con argumentos insuficientes, como aconteció con la denuncia sobre inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva; consecuentemente, se emitió la siguiente doctrina legal aplicable: “Es obligación del Tribunal de Apelación, realizar una adecuada motivación en las resoluciones que pronuncie, debiendo todo Auto de Vista contener suficiente fundamentación, circunscribiéndose a los puntos denunciados en el recurso de apelación restringida, dentro lo limites señalados por los artículos 398 del Código de Procedimiento Penal y parágrafo II del articulo 17 de la Ley del Órgano Judicial, los cuales serán absueltos uno a uno con la debida motivación y en base de argumentos jurídicos individualizados y sólidos, a fin de que se pueda inferir una respuesta con los criterios jurídicos correspondientes al caso, sin que la argumentación vertida sea evasiva o incongruente; cumpliendo con los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad, logicidad que se encuentran determinados en el Auto Supremo Nro. 12 de 30 de enero de 2012, dejando conocer al recurrente la respuesta a cada alegación, lo contrario constituye un vicio de incongruencia omisiva (citra petrita o ex silentio) que vulnera lo establecido por los artículos 124 y 398 del Código de Procedimiento Penal”