Auto Supremo AS/0122/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Al respecto, conforme la doctrina legal descrita en el acápite anterior de la presente resolución,


Al respecto, conforme la doctrina legal descrita en el acápite anterior de la presente resolución, se entiende que existe vulneración del debido proceso cuando la autoridad que ejerce jurisdicción en nombre del Estado, lo hace de manera arbitraria sin cumplir un proceso en el que se respeten los derechos fundamentales y garantías constitucionales, infringiendo la legalidad y la seguridad jurídica, debiendo tenerse presente que, en la normativa procesal penal, el legislador con la finalidad de garantizar el derecho a la impugnación, en el art. 399 del CPP, ha previsto que cuando existen defectos de forma en un recurso de apelación, estos deben ser observados dándole al recurrente el plazo de tres días para que lo amplíe o corrija