Auto Supremo AS/0122/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

De los argumentos expuestos por el Tribunal de apelación, este Tribunal establece que no es


De los argumentos expuestos por el Tribunal de apelación, este Tribunal establece que no es evidente que exista duda o se entienda, que en el motivo analizado el Tribunal de alzada, hubiere expuesto argumentos dirigidos a observar el incumplimiento de requisitos de forma, pues sus argumentos resuelven el fondo del motivo planteado, señalando en primer lugar que el defecto de sentencia previsto por el inc. 5) del art. 370 del CPP, conlleva tres hipótesis de las cuales el apelante había acusado de forma conjunta que en la Sentencia existe falta de fundamentación y que la misma es contradictoria, sin dar mayores fundamentos para sustentar el defecto denunciado, argumentos que son claros y de los cuales se desprende que el defecto en el planteamiento del motivo de apelación, no se encuentra descrito en el art. 408 del CPP; sino, que el defecto denunciado en apelación carecía de una adecuada proposición, lo cual no permitió al Ad quem, realizar un análisis coherente, pues debe tenerse presente que los defectos en la proposición jurídica, no pueden ser subsanados por el Tribunal de apelación, lo contrario implicaría vulnerar el principio de igualdad e imparcialidad