Auto Supremo AS/0122/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0122/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

En cuanto al primer fundamento alegado a fin de sostener la existencia del supuesto defecto


En cuanto al primer fundamento alegado a fin de sostener la existencia del supuesto defecto de sentencia previsto por el inc. 6) del art. 370 del CPP, por el cual el apelante refirió que el Tribunal de mérito en el punto 2.6 de la Sentencia, se basó en simples indicios y presunciones sin señalar cuáles son estos; además, que de la transcripción de la prueba testifical de cargo, a decir del recurrente, no se advierte afirmación en sentido de que hubiere ingresado a la habitación de la presunta víctima y menos que lo haya agredido; este Tribunal, evidencia que el apelante a tiempo de alegar que el de mérito se basó en simples indicios y presunciones, no identifica qué prueba había sido defectuosamente valorada, pues se limita a señalar que el A quo se basó en simples indicios y presunciones, lo cual constituye una falencia argumentativa, pues no se puede establecer con precisión si dichos indicios y presunciones surgen de la presunta defectuosa valoración de la prueba y de qué prueba