Auto Supremo AS/0127/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

2)De la declaración prestada por María Alejandra Aireyu Balcazar y la brindada por Verónica Pedriel


2)De la declaración prestada por María Alejandra Aireyu Balcazar y la brindada por Verónica Pedriel Ordoñez, las mismas se ratifican en sus declaraciones voluntarias prestadas ante Notario de fe pública y corroboradas, en audiencia de juicio, manifestando de forma coincidente que Germán Paniagua Mourthe, era la persona responsable del manejo de la caja fuerte y responsable de su llave y que el dinero recaudado en el día era entregado a Germán Paniagua, además manejaba el libro de ingresos y egresos, saldos anteriores y otros. Asimismo, la segunda testigo manifiesta que Germán Paniagua Mourthe, era el responsable de préstamos de dinero mediante VALE que los trabajadores devolvían al acusado, prestamos que se hacía con dinero de la empresa y sin autorización de la propietaria; además, los testigos afirman que el acusado hizo abandono de su fuente laboral, llevándose los registros de ingresos y datos existentes en el sistema informático; además, afirman que Germán Paniagua Mourthe, gozaba de la plena confianza de la propietaria de Viru Viru Travel, María Rosario Lavadenz de Rivera