Auto Supremo AS/0135/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

Como tercer motivo, denuncia que el Tribunal de apelación no habría respondido sobre su reclamo


En el caso de autos, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no se hubiera pronunciado respecto a que la Sentencia se hubiere basado en medios o elementos no incorporados legalmente y que al respecto la resolución recurrida de casación se hubiera pronunciado con argumentos evasivos y no hubiese resuelto su reclamo, situación muy distinta a la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 286 de 22 de julio de 2013, que se generó porque el Tribunal de alzada no realizó el control lógico de la valoración de la prueba; en consecuencia, este Tribunal se encuentra imposibilitado de realizar el contraste establecido por ley, porque la situación fáctica en que se funda el precedente contradictorio es una cuestión distinta a la denunciada en el presente motivo, deviniendo en consecuencia este motivo en infundado.

Como tercer motivo, denuncia que el Tribunal de apelación no habría respondido sobre su reclamo en sentido que la sentencia se hubiere basado en hechos inexistentes o no acreditados y en valoración defectuosa de la prueba, incumpliendo la doctrina legal del Auto Supremo 451/2015 de 29 de junio