Auto Supremo AS/0135/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0135/2017-RRC

Fecha: 21-Feb-2017

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, como consecuencia de


II.3. Del Auto de Vista impugnado.

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, como consecuencia de la emisión del Auto Supremo 451/2015-RRC de 29 de junio, pronuncio el Auto de Vista de 22 de octubre de 2015, con los siguientes argumentos: Desarrolla el tipo penal de Asesinato, señalando que el referido delito es uno de los más graves que reconocen la normativa penal de la mayoría de los países, indicando que tiene como bien jurídico protegido a la vida, siendo el primer derecho fundamental de que goza toda persona humana, consagrada por la CPE, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica y la Declaración de los Derechos Humanos; a continuación indica que en el caso de autos, el Tribunal inferior llegó a la firme convicción que el acusado adecuó se conducta a las características del tipo penal de Asesinato, por haber victimado a su esposa Liliana Bazoalto Medrano, por motivos fútiles y bajos, llegando a consumar el delito sin peligro ni riesgo para su persona, actuando sobre seguro y utilizando para el efecto sus manos para estrangularla, encontrándose el cuerpo sin vida en el interior de su vehículo, hechos que fueron probados por las testificales de cargo, que el Tribunal inferior estableció que el acusado, mediante actos idóneos, inequívocos, en forma deliberada y con crueldad, incurrió en el delito de Asesinato, por lo que el Tribunal de alzada concluye que en el caso de autos, no es viable la aplicación de las atenuantes, establecidas en los arts. 37, 38 y 40 del CPP, señalando que el delito de Asesinato tiene una pena fija; además, de encontrase el acusado en la situación jurídica establecida en el art. 20 del CP