Auto Supremo AS/0155/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

2) Haciendo referencia al argumento del Tribunal de alzada, expuesto en el considerando IV, el


2) Haciendo referencia al argumento del Tribunal de alzada, expuesto en el considerando IV, el recurrente denuncia que no es evidente que hubiera denunciado violación del art. 312 del CPP; pues lo que, habría denunciado sería la errónea aplicación que constituye violación del art. 321, al habérsele condenado por un delito inexistente como es el “Abuso Deshonesto”, lo cual hubiere violado el principio de legalidad, seguridad jurídica y el debido proceso, al haberse realizado un juicio sin base legal, ello porque se lo condenó por un delito derogado por el art. 83 de la Ley 348 de 9 de marzo del 2013, vulnerándose los principios de legalidad, inocencia debido proceso inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva; invoca la Sentencia Constitucional 1075/2003–R 24 de julio. En este motivo también cuestiona si el hecho producido el año 2002 no habría prescrito conforme señala el art. 38 del CPP