Auto Supremo AS/0155/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

3) En cuanto al segundo motivo de su apelación, refiere el recurrente que el Tribunal


3) En cuanto al segundo motivo de su apelación, refiere el recurrente que el Tribunal de Sentencia se hubiera basado en los fundamentos de las partes, permitiendo la participación de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia sin considerar que el momento de la celebración del juicio oral, la víctima ya era mayor de edad; y, que en cuanto a su denuncia de que la Sentencia era incoherente y contradictoria, pues en juicio se referiría que él es padrastro y también sería padre, denuncia sobre la cual el Tribunal de apelación concluyo que el mismo no es trascendente, pues la menor se hallaba bajo su custodia, dependencia y autoridad y que los hechos procesados son los actos libidinosos no constitutivos de acceso carnal; argumento en el que el Tribunal de apelación, no señalaría de manera precisa que su persona “habría incumplido precisamente ese es el fundamente para observa la falta de una adecuada y precisa fundamentación, (…)” (sic), máximo si el delito acusado fue objeto de prescripción conforme el art. 28 del CPP, como señala el Auto Supremo 100/2005 de 24 de marzo