Auto Supremo AS/0155/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que, en el


En el caso de autos, se establece que el 23 de noviembre de 2016, fue notificado el recurrente, con el Auto de Vista impugnado; y, el 29 del mismo mes y año, interpuso su recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, en cumplimiento del requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que, en el primer motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de apelación rechazó los motivos tercero y quinto de su apelación restringida, sin considerar que subsanó las observaciones realizadas por el Tribunal de alzada; por lo que, considera que se violó su derecho al debido proceso, legalidad y seguridad jurídica conforme lo previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP; motivo en el que invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 100/2005 de 24 de marzo, incumpliendo con el requisito previsto por el segundo párrafo del art. 417 del CPP, al no señalar de manera precisa la presunta contradicción entre éste y el motivo traído en casación; sin embargo, cumplió con proporcionar los requisitos para la admisión vía flexibilización, detallando los hechos generadores del defecto, identificando los derechos supuestamente vulnerados, y vinculando su denuncia a la existencia de defecto absoluto conforme lo previsto por el art. 169 inc. 3) del CPP, deviniendo el motivo en admisible de manera excepcional