Auto Supremo AS/0217/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2017-RRC

Fecha: 21-Mar-2017

1)En cuanto a los Hechos probados, estableció que Alejandro Bautista Calle Gonzáles, de 76 años


Por Sentencia 122/2015 de 21 de agosto, el Tribunal Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Alejandro Bautista Calle Gonzales, autor de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP, imponiendo la pena de un año de reclusión, más el pago de cien días multa a razón de Bs. 1.- por día, daño civil y costas a favor del Estado y la acusación particular, en base a los siguientes fundamentos:

1)En cuanto a los Hechos probados, estableció que Alejandro Bautista Calle Gonzáles, de 76 años y fecha de nacimiento el 17 de julio de 1939 en La Paz, Provincia Murillo del Departamento de La Paz, con domicilio en la zona de Chasquipampa de dicha ciudad, soltero, con cuatro hijos mayores de edad, dedicado a la agricultura, sin estudios básicos, ni procesos penales por otros delitos y de habla aymara; vendió el inmueble de propiedad de María Lourdes Gemio Vega, ubicado en el ex fundo Achumani del Cantón Palca de la misma Provincia y Departamento, Urbanización Las Rosas, signado con el lote 10, manzano 37, con una superficie de 307 m2, a favor de Dina Montaño Montaño, recibiendo el monto de Bs. 20.000.- (veinte mil bolivianos 00/100), refiriendo ser único y legítimo propietario de dicho lote, el mismo que la acusadora particular compró de José Alejandro Ruck Vega, el 30 de agosto de 1996, por la suma de Bs. 8.000.- (ocho mil bolivianos 00/100), que se encuentra registrado en las oficinas de Derechos reales, bajo la matrícula 2010990093200